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Lista de Preguntas de la Invitación         
 
Invitación Número: amb-046-09
Objeto: Estudios, Diseños, Construcción, suministro e instalación de equipos, operación y mantenimiento temporal de la Presa, obras complementarias, aducción y By Pass a la Planta de tratamiento Bosconia (Componente I) para el Proyecto de Regulación del Río Tona- Embalse de Bucaramanga
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Lista de Preguntas 
     
Nombre/Razón Social: Pregunta efectuada a traves del correo electronico obser04609@amb.com.co DESDE el correo electronico sinohydro.ltda@gmail.com
Email: xxxx@xxx.com  
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Teléfono: (xxx)-xxx-xxxx  
Ciudad: xxxxxxxxxx  
Pregunta:      
  Oficio enviado por SINOHYDRO LTDA de fecha 4 de Diciembre del año en curso
Fecha: 12/05/2009 9:49:32 PM  
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Nombre/Razón Social: Pregunta enviada a través del correo electronico obser04609@amb.com.co DESDE el correo electronico levargas@conciviles.com
Email: xxxx@xxx.com  
Persona contacto:  
Teléfono: (xxx)-xxx-xxxx  
Ciudad: xxxxxxxxxx  
Pregunta:      
  Oficio enviado por CONSTRUCCIONES CIVILES S.A de fecha 4 de Diciembre del año en curso
Fecha: 12/05/2009 9:51:57 PM  
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Nombre/Razón Social: Pregunta efectuada a través del correo electronico obser04609@amb.com.co DESDE el correo electronico armandobastidas@rahsingenieria.com
Email: xxxx@xxx.com  
Persona contacto:  
Teléfono: (xxx)-xxx-xxxx  
Ciudad: xxxxxxxxxx  
Pregunta:      
  Señores EMPRESA DE ACUEDUCTO DE BUCARAMANGA Bucaramanga Hemos encontrado en un otro proyecto de la alcaldía de Bucaramanga los abajo mencionados impuestos, preguntamos si los mismos aplican o se deben tener en cuenta en la propuesta de la referencia. ? El pago de los derechos de publicación del contrato (Según la cuantía), en la Gaceta Municipal, ? El pago del impuesto nacional de timbre, conforme a la cuantía del contrato. ? El 5% del valor del contrato por concepto de contribución a los contratos de obra pública (Ley 1106 de 2006). ? El Pago de Impuestos o Contribuciones Departamentales: ? Pro UIS : 2% del Valor de la Cuenta de Cobro ? Pro Desarrollo Departamental: 2% del Valor del Contrato ? Pro Hospital : 2% del Valor del Contrato ? El 5 % del valor pagado por concepto de estampillas departamentales, en cada cuenta de cobro. ? El Pago de Impuestos o Contribuciones Municipales: ? Caja de Previsión Social 2% del Valor del Contrato (Legalización) (más 0.5% en cada cuenta de cobro). ? Pro Cultura: 2% del Valor del Contrato (Legalización). ? Pro Anciano 2% del valor de cada cuenta de cobro. De cada cuenta de cobro, se harán los siguientes descuentos: 2% del valor de la Cuenta de cobro por concepto de Estampilla Pro-UIS, 2% del valor del contrato por concepto de Estampilla Pro-Hospital, 2% del valor de cada cuenta de cobro por concepto de estampilla Pro-anciano, 2% del valor del contrato por concepto de Estampilla Pro-Desarrollo Departamental y el 0.5% por concepto de estampilla de Previsión Social Municipal y El 5 % del valor pagado por concepto de estampillas departamentales, en cada cuenta de cobro. Como requisitos para la Legalización del contrato el contratista deberá: realizar el pago de 2% de valor del contrato por estampilla de Previsión Social Municipal y el 2% del valor del contrato en Estampilla Pro cultura, el impuesto de timbre nacional, la publicación en la gaceta municipal, el contribución de la ley 1106 de 2006, el pago de las contribuciones fiscales y parafiscales a que de lugar el contrato. ? Y los demás a que haya lugar. Gracias Armando Bastidas G.
Fecha: 12/02/2009 3:39:05 PM  
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Nombre/Razón Social: Pregunta enviada al correo electronico obser04609@amb.com.co DESDE el correo electronico dacarvajal@gcc-colombia.com
Email: xxxx@xxx.com  
Persona contacto:  
Teléfono: (xxx)-xxx-xxxx  
Ciudad: xxxxxxxxxx  
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  Oficio enviado por GERENCIA DE CONTRATOS Y CONCESIONES S.A de fecha 4 de Diciembre del año en curso
Fecha: 12/05/2009 9:57:23 PM  
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Nombre/Razón Social: Pregunta efectuada a traves del correo electronico obser04609@amb.com.co DESDE el correo electronico dacarvajal@gcc-colombia.com
Email: xxxx@xxx.com  
Persona contacto:  
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Ciudad: xxxxxxxxxx  
Pregunta:      
  Bogotá, 28 de diciembre de 2009 Doctor Franz Mutis Caballero Gerente de Expansión Estratégica ACUEDUCTO METROPOLITANO DE BUCARAMANGA – amb DIRECCIÓN: Diagonal 32 No. 30A – 51, Edificio Parque del Agua Bucaramanga, Colombia Asunto: Comentarios al Proyecto de Pliego de Condiciones correspondiente al Proceso de Selección identificado como: “Invitación amb-046-2009. Embalse de Bucaramanga” A continuación expongo un conjunto de propuesta de modificación en el proyecto de pliego de condiciones que tiene como objeto la realización de los estudios, diseños, construcción, suministro e instalación de equipos y operación y mantenimiento temporal de la presa y obras complementarias del componente I del Embalse de Bucaramanga a cargo de AMB. 1) Modificación de la experiencia del proponente en la construcción de presas. En el numeral 3.4.1.2. Experiencia en construcción de Presas, literal A, se solicita que el proponente acredite su experiencia en construcción de presas mediante proyectos que se encuentren construidos o en construcción, y de presentarse esta última circunstancia al momento del cierre de la invitación, el proponente lleve una avance en la colocación del material de la presa en un volumen superior a los 1.500.000 m3. Se sugiere modificar dicha condición por una en la cual la experiencia en construcción referida a presas que se encuentren actualmente en el proceso constructivo no se vea supeditada por un mínimo de avance expresado en volumen colocado de material, que para este caso es de 1.500.000 de m3. En cambio, dicha experiencia podría solicitarse en función del volumen de material total a ser colocado según las especificaciones técnicas y de diseño que la presa que se quiere acreditar, sugiriendo como número una cantidad que incluso podría duplicar el volumen anterior, como por ejemplo, una presa cuyo volumen contratado a ser colocado sea igual o superior a los 3.000.000 m3. Dicha solicitud se basa en que la experiencia de la firma como constructor se ha solicitado frente a dos proyectos, uno de los cuales debe estar completamente construido, y el otro puede estar en proceso de construcción. Bajo estas circunstancias, el proponente ha debido mostrar su capacidad operativa, administrativa y técnica para adelantar al menos uno de los proyectos que ya se entregó y que está en operación, mientras que para el segundo se encontrará en el proceso de ejecución de obra, cuya capacidad logística se encuentra demostrada por el inicio de la obra y adelanto del proceso constructivo. Esta capacidad es independiente del volumen de obra a construir, pues logística y técnicamente el constructor tiene la capacidad para emprender una obra de las dimensiones que se propone en los pliegos de condiciones. 2) Modificación de la participación en un consorcio frente a la experiencia del proponente en construcción de Presas En el numeral 3.4.1.2. Experiencia en construcción de Presas, literal A, se especifica que en el caso de las experiencias exigidas en el presente proyecto de pliego, la participación del proponente en proyectos que sirvan para acreditar la experiencia, sea de al menos el 50% en caso de haber participado en los mismos bajo alguna de las formas de asociación de proponente plural: unión temporal, consorcio, etc. Se sugiere modificar el porcentaje de participación a un 5% en caso de haber sido proponente plural. Esta propuesta busca solicitar que el amb considere ampliar las oportunidades de participar a empresas que cuenten con plenas capacidades técnicas, operativas y administrativas para adelantar la construcción de las obras previstas con total idoneidad, a pesar de que en proyectos anteriores, financieramente su participación haya sido minoritaria. Este proceso es aún más crítico si dicha solicitud se realiza para ambas experiencias certificadas, razón por la cual es posible que se eliminen posibles proponentes que hayan adelantado plenos trabajos en una de las presas pero que en otra su participación sea inferior a lo exigido en el presente de pliegos. Dicha exigencia resulta además incompatible con lo especificado en el último párrafo del numeral 3.4.1.2 en el que se solicita una participación del 30% para el caso en que varios de los miembros del proponente plural sean los que aporten la experiencia. Esta solicitud pone exigencias más altas para la experiencia acreditada que para la participación actual en el proyecto, lo cual se vuelve un requisito excluyente para un amplio número de interesados. 3) Modificación de la experiencia en la instalación de tuberías a presión para la conducción de aguas. En el numeral 3.4.1.3 se solicita como experiencia en la instalación de tuberías a presión de al menos cuatro (4) kilómetros de tubería a presión de un diámetro no menor a 45 pulgadas. Cordialmente se solicita que se modifique este requisito a una experiencia como constructor relacionada con la suscripción de contratos que impliquen la instalación de tuberías de no más de 14 pulgadas. Estas obras podrán estar construidas o en proceso de construcción. La razón para dicha condición es que en experiencia de construcción de presas similares, se han transportado caudales de aguas de hasta 1,8 m3/s en tuberías de este diámetro, utilizando los procedimientos constructivos adecuados para largos trayectos de tubería. Así mismo dentro del proceso constructivo, la colocación de grandes secciones de tubería una vez se superen las condiciones mínimas de sección para conducción de altas presiones, imponen unas necesidades técnicas de los participantes que pueden suplirse con la construcción del diámetro propuesto. La tubería a instalar será en materiales ligeros tal como lo sugieren los apéndices técnicos del pliego de condiciones, eliminándose así complejidades mayores al aumentar los diámetros de colocación. Bajo las anteriores perspectivas el proponente de obras en construcción ha debido demostrar, en la ejecución de las obras ya construidas o que aún se encuentran en proceso, que posee la capacidad técnica y administrativa demostrada en los proyectos que le fueron adjudicados en con anterioridad, que se encuentran contratados y con obras iniciadas. 4) Modificación de la experiencia en la construcción de túneles hidráulicos En el numeral 3.4.1.4 se solicita como experiencia en la construcción de túneles al menos 500 metros con una sección de no menos de 40 m2 de sección transversal. Cordialmente se solicita que este requisito se modifique a una experiencia como constructor relacionada con la suscripción de contratos que impliquen la construcción de túneles de 300 metros lineales de longitud, con secciones no superiores a los 15 m2. Estas obras podrán estar construidas o en proceso de construcción. Esta solicitud se basa en la complejidad técnica de las obras a emprender. En primera instancia, para la construcción de túneles, el proponente que acredita la experiencia ha debido enfrentar dificultades técnicas relacionadas con la complejidad geológica de la perforación, la selección y programación de la maquinaria de extracción, el manejo de explosivos y finalmente la verificación paulatina del avance del túnel a medida que se construye. Al tomar en cuenta estas circunstancias, la construcción de túneles de 15 m2 implicará una dificultad técnica igual o incluso superior en algunos de los aspectos antes mencionados para túneles de menor área frente a los de menores secciones transversales. De hecho, para enfrentar la construcción de un túnel de esta sección se requiere de un control en el proceso constructivo y en la planeación de los equipos que supera o iguala los requerimientos de la organización administrativa, operativa y técnica del constructor de un túnel como el que inicialmente se ha solicitado en los pliegos de condiciones. Esta organización y estos requerimientos inician incluso desde la preparación de los trabajos lo cual aplica para proponentes cuya experiencia se encuentre en túneles ejecutados o aquellos que se encuentren en proceso de construcción. Bajo las anteriores consideraciones, la sugerencia realizada frente a la experiencia en construcción de túneles no debería estar regida por el área del mismo sino incluso por la capacidad que el proponente tendrá para enfrentar las obras que requiere la presa objeto del presente proceso de invitación. 5) Personas jurídicas extranjeras En el numeral Numeral 3.1.3.1 se expone: “En todos los casos, deberán cumplirse todos y cada uno de los requisitos legales relacionados con la legalización y traducción de documentos otorgados en el extranjero, exigidos para la validez en Colombia de documentos expedidos en el exterior, y que puedan obrar como prueba conforme a lo dispuesto en el artículo 480 del Código de Comercio de la República de Colombia. En el evento de la legalización de documentos emanados por autoridades de países miembros del Convenio de la Haya de 1961, se requerirá únicamente la Apostilla como mecanismo de legalización, de conformidad con lo señalado en la Ley 455 de 1998….” Las anteriores condiciones generan un ámbito de desigualdad para aquellos proponentes integrados por empresas Colombianas que se asocian con empresas extranjeras, pues el trámite de apostillado y consularización requiere de unos trámites que pueden resultar complejos y dispendiosos en países extranjeros con inapropiados sistemas consulares, máxime si esta condición se contrasta con el corto plazo que se tiene para presentar la propuesta técnica, jurídica, financiera y operativa del proyecto en mención, que como ustedes bien lo saben es de una complejidad importante dentro del campo de la ingeniería, además de ser una obra de alta trascendencia en nuestro país. Bajo este criterio consideramos que lo solicitado por ustedes en el pliego representa un condicionante para empresas de alta trayectoria no solo a nivel nacional sino internacional que se verían impedidas a participar en dicho proceso simplemente por una restricción de forma y no de carácter técnico como debería ser. Teniendo en cuenta lo argumentado anteriormente, respetuosamente solicitamos a la Entidad que tan solo se condicione de ser el caso al ganador del proceso para que un plazo establecido por la entidad suministre los documentos de acuerdo a lo establecido en los pliegos, es decir que para el proceso en su fase de entrega de propuestas se permita entregar copia de las certificaciones de acuerdo a lo establecido en los pliegos en los cuales se acredita la experiencia del proponente extranjeros sin el requisito de consularización o apostillada de documentos. 6) Forma de Acreditar las Experiencias En el numeral 3.4.2 se expone: “Para acreditar las experiencias exigidas en el Pliego, los Proponentes deberán diligenciar el Anexo 6 del presente Pliego; y adjuntar a su Propuesta copia del documento contractual o acta de inicio del mismo debidamente suscrita por el Proponente o el miembro del Proponente plural que acredite la experiencia y por el contratante, por medio del cual se evidencie la relación jurídica, en español o su traducción, y debidamente apostillado y consularizado, según sea el caso, y la certificación expedida por el contratante.” Teniendo en cuenta lo argumentado anteriormente en el numeral No. 2 del presente documento, respetuosamente solicitamos a la Entidad que tan sólo se condicione el suministro de los documentos al ganador del proceso, es decir, que para el proceso en su fase de entrega de propuestas se permita entregar copia de las certificaciones de acuerdo a lo establecido en los pliegos en los cuales se acredita la experiencia del proponente extranjeros sin el requisito de consularización o apostillada de documentos. La Justificación de dicha propuesta es la misma a la expuesta en el numeral 5) del presente documento. 7) Criterios de desempate En el Numeral 5.5.3 se expone: “a. Cuando se presente un empate entre una Propuesta presentada por una persona o grupo de personas todas de origen nacional y una Propuesta de la que haga parte una sociedad que no haya sido constituida de acuerdo con la legislación colombiana, o una persona natural extranjera no residente en Colombia, se preferirá la primera.” Observación: Lo anterior, genera un ámbito de desigualdad y de violación del principio de reciprocidad para aquellos proponentes integrados por empresas Colombianas que se asocian con empresas extranjeras ya que estas asociaciones se realizan con el fin de dar cumplimiento a una serie de parámetros técnicos, financieros y económicos que se solicitan en el proceso. Es claro que los criterios de desempate deben ir encaminados a la evaluación de los componentes anteriormente enunciados y no de la procedencia de las empresas que asocian para la presentación de la oferta. Teniendo en cuenta lo anteriormente expuesto, respetuosamente solicitamos omitir este criterio de desempate. 8) Ingeniero Experto en diseño de presas En el numeral 3.5 personal mínimo exigido se solicita, además de un Director de Ingeniería (diseñador experto en presas) un Experto en diseño de presas cuya experiencia es superior al del director de Ingeniería. Se solicita eliminar el requerimiento de un Ingeniero experto en el diseño de presas, pues la experiencia y capacidad de diseño, a la luz de los pliegos reposará en el director de diseño y será entonces el responsable del diseño. El aporte del experto sólo supera al del ingeniero en 1 presa de más de 100 m de altura y en cambio no generará un valor agregado en el proceso de mando y control del proyecto de diseño. 9) Plan de manejo ambiental En el numeral 4.2.2 Contenido de la Oferta Económica de la propuesta, se especifica que el dentro de los conceptos de la oferta económica se encuentran las actividades relacionadas con el ajuste e implementación del Plan de Manejo Ambiental. Sin embargo, ni en el anexo 7, ni en el cuadro de Topes máximo parciales de la oferta económica se especifica la ubicación de los mismos y la presupuestación completa como valor tope o como precio unitario. Respetuosamente, solicitamos a la Entidad tener en cuenta en el presupuesto una especificación concreta en los topes del parciales de la oferta económica los gastos de ajuste o modificación la Licencia ambiental, así como del Plan de Manejo ambiental PMA, de acuerdo con las Especificaciones Técnicas de Construcción y los Diseños Definitivos elaborados por el Contratista. Estos gastos deben tenerse en cuenta por tratarse de gastos importates, cuyas actividades se presentan de manera general pero no como un rubro específico del presupuesto. 10) Apéndice Predial Este apéndice no se publicó en la página del Acueducto de Bucaramanga y por ende no se pudieron realizar las observaciones pertinentes. Adicionalmente, al igual que con la solicitud del Plan de manejo ambiental, cordialmente solicitamos que se aclare en que ítem (partida de pago) dentro de los topes del presupuesto de la oferta económica, de tal manera que dicho presupuesto pueda ser contabilizado de manera individual. Estas consideraciones son de especial importancia ante posibles modificaciones en los diseños al entrar a proponer obras adicionales definitivas para la construcción del proyecto que podrá tener impacto en las consideraciones ambientales y prediales del proyecto. 11) Impuestos directos e indirectos. Respetuosamente, solicitamos a la Entidad nos indique los impuestos y el valor a pagar en el Orden Local y Nacional, así como la definición del impacto del Impuesto de Valor Agregado sobre el componente de diseño, por considerar que es importante para el proponente cuantificarlos para la realización de su propuesta. 12) Capacidad Financiera Del Proponente Dado el corto tiempo existente entre la publicación del pliego y la fecha de adjudicación del contrato, tiempo que se ve reducido por las festividades de navidad y fin de año, consideramos que no es posible tramitar y obtener el cupo de crédito solicitado para le fecha de adjudicación del contrato. Por esta razón, sugerimos que el cupo de crédito exigido se acredite para la suscripción del contrato. En todo caso, creemos que el cupo exigido, dado que el proyecto se encuentra ya financiado, resulta excesivamente alto, y en consecuencia proponemos que se mantenga como estaba previsto en los borradores de prepliego, es decir en $25.000.000.000,oo. Este cambio podría considerar un aumento en la capacidad patrimonial del proponente, que en la actualidad está en 40% del presupuesto, para aumentarlo al 50% de tal presupuesto. Observaciones de carácter legal a la Minuta Contractual: 1) Numeral 2.1. Se solicita aclarar en este numeral que la responsabilidad relacionada a sobrecostos compete a la interventoría del proyecto y no al contratista, de acuerdo con la lectura íntegra del numeral en cita. Es así, qué precisamos que el contratista sólo debe justificar técnicamente las nuevas cantidades de obra sí estas requeridas. 2) Numeral 3.2. Solicitamos aumentar a tres (3) días hábiles el plazo para la firma del acta de inicio de la ejecución del contrato, pues el término inicialmente estipulado es muy corto. 3) Numeral 8.2. Se solicita modificar el verbo desplazare fijado en el primer párrafo, por el de ampliar, debido a que se hace referencia a los plazos de ejecución de los trabajos que se puedan ver afectados por hechos constitutivos de fuerza mayor o caso fortuito. 4) Numeral 8.3 Se solicita adicionar este numeral para efectos de precisar que en el acta de suspensión se debe relacionar no sólo los hechos que generan la suspensión, sino adicionalmente la fecha desde la cual se hace efectiva, las obligaciones de las partes que se ven afectadas, las actividades del cronograma de obra cuya ejecución se altera, y la posible fecha de reanudación del servicio. De la misma forma, se solicita se incluya un término menor ( sugerimos 3 días calendario) a partir del cual la parte afectada por el hecho constitutivo de fuerza mayor deba comunicar a su contraparte, sobre el mismo. 5) Cláusula 11: Se solicita incluir en esta cláusula que en el evento que el contratista acepte la realización de las modificaciones a los trabajos que amb ordene, amb pagará íntegramente al contratista todos los costos asociados a la ejecución de los trabajos aceptados. De la misma forma, se debe dejar en claro que el contratista no está obligado a aceptar cualquier tipo de modificación que solicite el amb, debido a que por razones técnicas o económicas no le sea posiblemente ejecutarlas. 6) Numeral 15.24. Se solicita reducir el término de vigencia del amparo de pago de salarios y prestaciones sociales y delimitarlo al plazo de prescripción de la acción laboral, es decir, tres (03) años. 7) Numeral. 16.1.2. Favor precisar qué incluye la gestión predial a cargo del contratista y delimitar la responsabilidad aquél a los predios que sean susceptibles de negociación, debido a que en el caso de predios cuyos propietarios no quieran vender, el trámite a cumplir sería la expropiación y esta figura se encuentra fuera del alcance del contratista ya que es una facultad que corresponde únicamente a las entidades de la administración pública. Este último punto solicitamos sea aclarado dentro de la minuta contractual, se exima de toda responsabilidad al contratista cuando se presente un evento de la naturaleza mencionada. 8) Numeral. 21. Multas. Se solicita reducir los montos de las multas diarias por los incumplimientos a la suma de un (1) SMMLV, y fijar un tope máximo de 5 días. 9) Numeral: 21.2. Solicitamos que en caso de conflicto entre las partes por la causación o cuantificación de las multas a las que se refiere el numeral 21, éste pueda se sometido a un tribunal de arbitramento en los términos del numeral 25.4, pues no existe ninguna justificación que exima este tipo de controversia del MASC indicado, Adicionalmente, se solicita que el monto máximo de las multas y de la cláusula penal se limite al 5% del valor total del contra
Fecha: 01/15/2010 4:49:35 PM  
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Nombre/Razón Social: Pregunta efectuada a traves del correo electronico obser04609@amb.com.co DESDE el correo electronico zchacon@conalvias.com
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  FRANZ MUTIS CABALLERO Gerente de Expansión Estratégica ACUEDUCTO METROPOLITANO DE BUCARAMANGA - amb Diagonal 32 No. 30A - 51, Edificio Parque del Agua Bucaramanga, Colombia E-Mail: obser04609@amb.com.co FAX: (57) 7- 6320494 Referencia: Invitación Pública No. amb-046-09 Cordial saludo, En calidad de interesados en la invitación pública de la referencia, nos permitimos realizar las siguientes observaciones al pliego de condiciones, así: 1. - EL numeraL 4.3.3 del pliego de condiciones incluye como amparo en la Garantia de Seriedad de La Oferta "El cumplimiento de la obligación de presentar el documento que contenga el compromiso de no enajenación de propiedad accionaría y de solidaridad de los miembros de la sociedad, debidamente suscrito, en el evento en que la Propuesta se hubiera formulado bajo la modalidad de Promesa de Sociedad Futura." dicho amparo corresponde a una condición subjetiva del tomador NO amparable, en tal sentido solicitamos Laeliminación de dicho amparo de la Garantia de Seriedad de la Oferta o en su defecto se establezca como de obligatoria inclusión para aquellos proponentes que opten participar como Promesa de Sociedad Futura. 2.- Se solicita aclarar si lo previsto en el pliego de condiciones es el otorgamiento al contratista de un pago anticipado o de un Anticipo, lo anterior por cuanto en la CLáusula 6.1 de la Minuta prevé pago anticipado y el amparo solicitado en la Garantía es de anticipo. 3.- La cláusula 15.2.2 deL Minuta deL Contrato establece: "El Contratista deberá constituir dos (2) amparos a favor del amb, con el objeto de garantizar el adecuado manejo y la correcta inversión de las sumas entregadas al Contratista a título de anticipos para la Etapa de Preconstrucción y para la Etapa de Construcción, respectivamente. " Es de anotar que no es procedente otorgar dos (2) amparos de anticipo o pago anticipado según se aclare, motivo por el cual solicitamos aclarar y/o modificar dicha previsión de la Minuta, ahora bien, si los amparos en mención (Anticipo o pago anticipado 1 y 2) son; uno para la etapa de preconstrucción y otro para la etapa de construcción se debe aclarar conforme a la solicitud anterior que una vez agotada la etapa de preconstrucción se de por culminado el amparo de dicha etapa el cual no es acumulable con el amparo de la etapa de construcción. 4.- Por último solicitamos se eliminen de la Cláusula 15.2 de la Minuta del Contrato las actualizaciones anualizadas con l. C. C. P de los amparos de cumplimiento, salarios y anticipo, dichas actualizaciones no son procedentes por cuanto los amparos no están sujetos a ellas, los mismos deben corresponder al valor actual al momento de suscribir el riesgo salvo que dichas actualizaciones con el 1. C. C. P estén previstas para actualizar el rubro del A.I.U. del contratista, toda vez que las pólizas se incluyen en los costos indirectos del proyecto Agradeciendo su amable atención. MARTHA ANGELICA MARTINEZ PIRAQUIVE
Fecha: 01/19/2010 4:32:58 PM  
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Nombre/Razón Social: Pregunta efectuada a traves del correo electronico obser04609@amb.com.co DESDE el correo electrónico dacarvajal@gcc-colombia.com
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  Señores: Acueducto Metropolitano de Bucaramanga, ATN. Ing. Álvaro Prada Arciniegas - Administrador Cuarto de Datos La Empresa Gerencia de Contratos y Concesiones S.A., adquirió la información digital del cuarto de datos para el proceso amb-025-07. Tal como aparece en los Pliegos de Condiciones del proceso amb-046-09 y en el reglamento del cuarto de datos, los interesados en adquirir la actualización de dicha información deben cancelar $10.000.000, que deberán ser consignados a favor del AMB. Sin embargo, en la información suministrada, no hemos encontrado la especificación de la entidad bancaria, número de cuenta, tipo de cuenta, nombre del beneficiario, nombre del destinatario del cheque de gerencia y demás datos que deban gestionarse para adquirir dicha información. Por tal razón, cordialmente le solicito me sea enviada, en respuesta de este mensaje, la información básica para realizar los trámites de consignación de los recursos correspondientes a la actualización y el procedimiento a seguir en adelante. Agradeciendo su pronta respuesta, Diego Alberto Carvajal Barrera
Fecha: 01/19/2010 5:14:20 PM  
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Nombre/Razón Social: Pregunta efectuada a traves del correo electronico obser04609@amb.com.co DESDE el correo electronico dacarvajal@gcc-colombia.com
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  1. Bogotá, 18 de enero de 2010 Doctor FRANZ MUTIS CABALLERO Gerente de Expansión Estratégica ACUEDUCTO METROPOLITANO DE BUCARAMANGA – amb Dirección: Diagonal 32 No. 30A – 51, Edificio Parque del Agua Bucaramanga, Colombia Asunto: Solicitud de Ampliación del Plazo para la entrega de las propuestas del Proceso de Selección identificado como: “Invitación AMB-046-2009. Embalse de Bucaramanga” En mi condicion de representante legal de Gerencia de Contratos y Concesiones S.A. GCC S.A., como uno de los Interesados en la presentación de propuesta para el proceso de selección denominado “Invitación AMB-046-2009, Embalse de Bucaramanga”, quien adquirió el cuarto de datos en los términos expresados en los pliegos de condiciones de este proceso, cordialmente solicito la ampliación del plazo límite para entrega de propuestas, inicialmente prevista para el próximo 15 de febrero de 2010 a las 3:00 pm, según cronograma oficial publicado en la página web www.amb.com.co dadas las diversas modificaciones que ha venido sufriendo el pliego de condiciones que afectan, tanto el contrato como el proceso de invitación pública mismo. En concreto, solicitamos que se sirvan extender el cronograma al menos en 60 dias y, en todo caso, el máximo tiempo admitido por la reglamentación que rige la invitación pública de la referencia, para lo cual solicitamos tomar en cuenta lo siguiente: 1. En primer lugar, la modalidad de pago y varios otros aspectos económicos y financieros del contrato han sufrido modificaciones estructurales. Dado que el pliego de condiciones exige, como requisito de admisibilidad, que se acredite la aprobación de un cupo de crédito, debe tenerse en cuenta que éste requiere de tramites intensos en las entidades financieras. En efecto, un cupo de crédito de más de 10.000 millones de pesos, y el de este proceso es varias veces superior, requiere de una solicitud que pasa por comités de evaluación, comités de crédito y junta directiva de los bancos colombianos. Este trámite tarda mucho más de sesenta (60) días y aunque naturalmente los proponentes ya le hemos dado inicio, el mismo se ha visto afectado por la incertidumbre derivada de una serie de cambios introducidos al proyecto, y por lo tanto ha implicado que las entidades financieras no den marcha definitiva al mismo hasta que el AMB defina las condiciones de este crédito al interior del contrato. La extensión del plazo como condición para lograr la capacidad financiera, resulta especialmente crítica frente a la temporada en la que se publicó el cronograma del proceso, que por tratarse de finales del año pasado y comienzos del presente, implica adelantar todos los trámites de consolidación de estados financieros de finales de 2009 con el fin de lograr la acreditación ante los bancos y obtención definitiva del cupo de crédito en los dos primeros meses del presente periodo fiscal. Bajo estas consideraciones, los sesenta (60) días solicitados resultan apenas mínimos para alcanzar una posible financiación de una cifra significativa que frente al presupuesto oficial es un poco superior al 30%. 2. Los cambios que ha sufrido el prepliego implican modificaciones estructurales a lo que será el presupuesto final del contrato desde el punto de vista del proponente. Como es de su conocimiento, la estructura económica del contrato ha cambiado ya en por lo menos dos oportunidades desde que se dio inicio al trámite del proceso de invitación pública previo y en el que GCC inició sus gestiones técnicas e incluso con implicaciones económicas al adquirir la información del cuarto de datos, desde el 19 de mayo de 2009 Estos cambios, que son estructurales, implican la remodelación tanto de los aspectos técnicos como financieros, lo cual no puede hacerse sino previos estudios y análisis que arrojen al AMB y al oferente las seguridades propias de un proyecto de esta envergadura. Naturalmente que todas estas implicaciones pasan también por aspectos sustanciales de diseño que no pueden desatarse sin los análisis debidos, los cuales, naturalmente, toman tiempos importantes. 3. El pasado 15 de enero de 2010, en las instalaciones del AMB en Bucaramanga, nos fue entregada la última actualización del cuarto de Datos, según consta en los registros de inscripción a la visita obligatoria alternativa. Esta información se encuentra aún en análisis y comparación frente a la adquirida en mayo de 2009 por tratarse del paquete de datos completo y no incremental. Dado que estos datos fueron incluidos dentro del proyecto a tan sólo un mes del vencimiento del plazo para la entrega de la propuesta técnica y económica, es necesario que el AMB tome en consideración esta condición y pueda realizar un aplazamiento de los plazos para la entrega de la misma, máxime si al momento de la publicación de los pliegos definitivos, realizada el 5 de diciembre de 2009, aún los datos técnicos no se encontraban en su última versión, como sí lo están a partir del 15 de enero de 2010. Con base en lo anterior, atentamente reiteramos nuestra solicitud de prórroga en el máximo tiempo permitido por las disposiciones legales pertinentes y que como mínimo abarque al menos 60 días posteriores a la fecha inicialmente prevista. Cordialmente EDUARDO GÓMEZ VÁSQUEZ Representante Legal 2. Bogotá, 18 de enero de 2010 Doctor FRANZ MUTIS CABALLERO Gerente de Expansión Estratégica ACUEDUCTO METROPOLITANO DE BUCARAMANGA – amb Dirección: Diagonal 32 No. 30A – 51, Edificio Parque del Agua Bucaramanga, Colombia Asunto: Comentarios a la capacidad financiera del Proceso de Selección identificado como: “Invitación amb-046-2009. Embalse de Bucaramanga” Procedemos nuevamente a hacer algunas observaciones dentro del proceso de invitación publica, a efecto de que se sirvan, en aras de viabilizar la participación de la mayor cantidad de oferentes, introducir las modificaciones pertinentes, para lo cual les rogamos tener en cuenta que cada una de las solicitudes que se suceden buscan siempre las mejores condiciones del contrato tanto para el AMB como para el contratista mismo, con el mejor criterio de conmutatividad: 1. El prepliego de condiciones inicial, aquel vigente en mayo de 2009, mes en el que GCC adquirió el Cuarto de Datos del mencionado proceso, indicaba, en el numeral 3.5. CAPACTIDAD FINANCIERA DEL PROPONENTE- CUPO ROTATORIO DE CRÉDITO, que el proponente debía acreditar un cupo de crédito por la suma de $25.000.000.000,oo; hoy, la exigencia se ha duplicado por razones que desconocemos. Esta exigencia implica en la carga financiera del contrato un componente alto de intereses y de comisiones por disponibilidad de cupo de crédito, pues, en tanto se desembolsa el crédito, los bancos cobran al proponente y finalmente adjudicatario, una comisión que puede ir del 4 al 6% anual sobre el monto del cupo de crédito, toda vez que en los términos en que se exigen implica compromiso de patrimonio técnico de las entidades financieras y, una vez suscrito el contrato, esta comisión no deja de cobrarse si no se hace el desembolso efectivo de la totalidad de los recursos. Tanto los costos de las comisiones, como los costos del dinero mismo, resultan excesivamente altos para un proyecto de la envergadura del proyecto al que accedemos, pues la solicitud de cupo de crédito es hoy el 30% del valor del contrato sin que éste lo requiera. En efecto, en los términos en que entendemos la actual forma de pago, no se requeriría de este compromiso de crédito, al menos no en términos de project finance como lo vienen planteando en la actual estructura de la invitación pública. De otro lado, la oportunidad de la acreditación hace mucho más onerosa la obtención del cupo de crédito, dado que el proponente debe pagar la comisión desde antes de la presentación de la licitación y, al parecer, tendría que hacer el desembolso del cupo de manera obligatoria, aun cuando las necesidades del contrato no lo exijan. Es muy importante que tengan en cuenta que tanto comisiones como intereses serán pagados por el proyecto mismo, y todo costo que no provenga directamente de las condiciones técnicas y administrativas del proyecto mismo, puede afectar sus condiciones técnicas. En todo caso, si es necesario pagar costos financieros, estos deberán cargar al presupuesto final, y naturalmente que si no se requieren se convierten en un lastre para el AMB y para el proyecto mismo. Dos solicitudes hacemos en consecuencia para descargar el proyecto de costos innecesarios: La primera consiste en exigir capacidad patrimonial directa del potencial contratista más allá de sus cupos de crédito. Sin embargo, como de lo que se trata es de que, en caso de necesidad se recurra a los créditos, puede exigirse experiencia en la consecución de los mismos, bien directamente al contratista o través de un asistente financiero; de este modo los costos financieros pueden ser modelados por el proponente atendiendo a las necesidades mismas del proyecto y no a las actuales imposiciones que, respetuosamente, se nos antojan un poco forzadas. En todo caso, para evitar la deserción de los hoy potenciales proponentes, solicitamos que el cupo de crédito, no deba estar arriba de los $10.000 millones de pesos y además sea exigido solo para la firma del contrato; de la misma manera consideramos que la capacidad de liquidez del proponente puede ser comprobada por un requerimiento mínimo de $50.000 millones de pesos o el valor que ustedes consideren conveniente en Capital de Trabajo. de esta manera el AMB va a lograr dos de los cometidos del proceso licitatorio: a) Mayor cantidad de proponentes interesados y mejor calidad financiera de los mismos, y como consecuencia una mayor, mejor y mas sana competencia entre todos y, b) menores costos financieros que debe asumir en todo caso el propio AMB, pues resulta obvio que, más tarde o más temprano éstos afectan al contrato mismo y atendiendo los principios elementales de la racionalidad económica, todos esos recursos serán pagados por el contratante, que no por el contratista, como erróneamente se cree, pues cada peso que se gaste proviene de las arcas de proyecto, pero de manera mediata de las arcas de la entidad. Como entenderán, esta solicitud debe resolverse a la brevedad posible, pues el tiempo apremia, y, como lo mencionamos en alguna comunicación anterior los trámites ante las entidades financieras pueden ser lentos. 2. En la actualidad encontramos una altísima incertidumbre en relación con las cargas fiscales del proyecto, por lo que atentamente solicitamos que se proceda a su claridad. En efecto, en nuestra condición de proponentes tenemos clara la carga fiscal nacional; no obstante, por razones diversas, que atienden tanto al origen como a la naturaleza y localización del AMB, no decimos lo mismo sobre las cargas locales y regionales. Estas cargas, en otros proyectos licitatorios desarrollados en Bucaramanga, han alcanzado porcentajes altísimos que han afectado al proyecto de manera dramática. En este orden de ideas, más allá de las nacionales, solicitamos con toda atención que se nos indique cuales son las cargas fiscales que deberá atender el proyecto en el ámbito de Bucaramanga, refieriéndonos específicamente a impuestos locales y regionales. Al efecto, les rogamos tener en cuenta que el contratista potencial tendrá, si esta claridad proviene del contratante, una tranquilidad superior que si proviene de otro particular, y al alcanzar estas seguridades no tendrá que tomar otras que necesariamente afecten el presupuesto en desmedro del AMB. Cordialmente, EDUARDO GÓMEZ VÁSQUEZ Representante Legal 3. Bogotá, 18 de enero de 2010 Doctor FRANZ MUTIS CABALLERO Gerente de Expansión Estratégica ACUEDUCTO METROPOLITANO DE BUCARAMANGA – amb Dirección: Diagonal 32 No. 30A – 51, Edificio Parque del Agua Bucaramanga, Colombia Asunto: Comentarios Formas de Pago del Proceso de Selección identificado como: “Invitación amb-046-2009. Embalse de Bucaramanga” Respetado Doctor Mutis Al analizar el Sistema de Pago del Contrato contenido en la cláusula Sexta del Anexo 1 – MINUTA DE CONTRATO, me permito realizarle algunas observaciones puntuales sobre el sistema de desembolsos, alcance de los pagos anticipados y cubrimiento de los mismo, con el único fin de lograr una mayor comprensión del proyecto y así presentarle al AMB una propuesta que mejore la viabilidad económica del mismo, que a la larga redunde en un mejor proceso de invitación pública y de construcción: 1. AIU Variable y Porcentaje de pagos variables. En primera instancia encontramos que el plan de pagos expuesto en el numeral 6.1 no resulta consistente con la descripción que se hace en el texto de este mismo numeral, ni con el esquema de topes máximos parciales expuesto en el numeral 4.2.2 del pliego de condiciones. En efecto, en el cuadro del numeral 6.1 aparece en un acta final, un pago variable del 8.22%, mientras que en el texto del mismo no se relaciona un criterio de variabilidad dentro de este costo fijo. De hecho, el único sistema variable que se le impone al proyecto sería el AIU Variable, que como es explicado en este mismo numeral se realizará una vez finalice la etapa de llenado y que no haría parte del cuadro de pagos. Así mismo, si tomamos como referencia los valores topes del presupuesto, el valor variable del AIU correspondería a un 8.54% del contrato, que en todo caso resulta diferente al valor del 8.22% expuesto en el cuadro de la cláusula 6.1 Así, las cosas, no entendemos la compatibilidad entre el texto y el cuadro y entre los porcentajes y la forma de pago del valor fijo del contrato. 2. Anticipo y Pago Anticipado Dentro del esquema del plan de pagos, y en el parágrafo primero de la cláusula sexta del contrato, existe definido un conjunto de 2 Pagos Anticipados que buscan asignar recursos al contratista al inicio de las etapas de preconstrucción y construcción. Sin embargo, en el resto del texto, dichos desembolsos no son tratados como pagos anticipados sino como Anticipos, que a la luz de la legislación colombiana, son dos conceptos diferentes, en su concepción, operación, impacto financiero y aspectos tributarios. Con el fin de distinguir dichos términos nos permitimos adjuntar la sentencia 13436 de Junio 22 de 2001 expuesta por la Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado, Sección Tercera, sobre la naturaleza jurídica del Anticipo y del Pago Anticipado: "... La diferencia que la doctrina encuentra entre anticipo y pago anticipado, consiste en que el primero corresponde al primer pago de los contratos de ejecución sucesiva que habrá de destinarse al cubrimiento de los costos iniciales, mientras que el segundo es la retribución parcial que el contratista recibe en los contratos de ejecución instantánea. Lo más importante es que los valores que el contratista recibe como anticipo, los va amortizando en la proporción que vaya ejecutando el contrato de ahí que se diga que los recibió en calidad de préstamo; en cambio en el pago anticipado no hay reintegro del mismo porque el contratista es dueño de la suma que le ha sido entregada. En estas condiciones, si el anticipo se entrega al contratista antes o simultáneamente con la iniciación del contrato, esto es, cuando aún el contratista no ha prestado el servicio, ejecutado la obra o entregado los bienes y precisamente espera dicha suma para iniciarlo y la fecha de ese pago marca la pauta para el cómputo del término del contrato, el pago de la suma de dinero que las partes convengan a ese título se hace en calidad de préstamo. Esto significa que las sumas entregadas como anticipo son de la entidad pública y esa es la razón por la cual se solicita al contratista que garantice su inversión y manejo y se amortice con los pagos posteriores que se facturen durante la ejecución del contrato.” Como resumen, se pueden establecer las siguientes diferencias que puden ser confirmadas por el departamento jurídico del AMB: ANTICIPO No constituye un pago en el momento en que se efectúa El dinero no es del contratista sino de la Entidad contratante y por ende debe invertirse de acuerdo al plan de inversión presentado por el contratista. La Entidad está obligada al seguimiento de la inversión No está sujeto a descuentos y retenciones porque no es un pago No entra al patrimonio del contratista, continúa siendo recursos públicos, asegurables con una garantía para la correcta y adecuada inversión y manejo de los mismos El valor del anticipo se descuenta de cada pago que se realice al contratista. La ejecución del contrato por tanto, constituye amortización de dicho valor. En el evento en que generen rendimientos financieros, son de la entidad contratante Puede ser pactado en contratos de tracto sucesivo con excepción de los contratos de prestación de servicios personales. PAGO ANTICIPADO Es un pago. Retribuye en forma anticipada parte del valor del contrato. El dinero es de propiedad del contratista y lo puede destinar libremente. No hay plan de inversión pactado. La Entidad no está obligada a hacer seguimiento. Está sujeto a descuentos y retenciones de ley. Al entregarse constituye extinción parcial de la obligación de pago a cargo de la entidad contratante. Su destinación depende de la libre voluntad del contratista. Su adecuado uso está avalado por la garantía única de cumplimiento del contrato, de lo contrario, se entraría a hacer o exigir duplicidad de cobros. Por lo general se aplica en contratos de ejecución inmediata; casos típicos compra de inmuebles o automotores. No existe injerencia de la interventoría en su manejo o inversión. Bajo estas consideraciones, no resulta correcto hablar de pagos anticipados, si a lo que realmente se refiere es a anticipos, tal como se lleva a pensar la exigencia de pólizas para el buen manejo del mismo y plan de inversión autorizado por la Interventoría, aspectos que no son requeridos cuando se trata de Pagos Anticipados. En todo caso, el impacto financiero de uno o del otro también deberá ser aclarados para reconocer si se hará o no amortización del mismo en el transcurso de las actas parciales de pago, previstas en el numeral 6.1., tema que resulta de una relevancia capital en el modelaje financiero del proyecto, pues el comportamiento de la caja sera sensiblemente diferente. Naturalmente que este punto lleva aparejado uno de carácter fiscal de vital relevancia, y que no podemos dejar pasar por alto; consiste en el hecho de que de tratarse de un pago anticipado, el contratista debera pagar impuestos sobre el en el primer cierre fiscal anual, lo que reduce su caja en el 33% de este pago, pues, como ya mencionamos, de tratarse de un pago anticipado se considera ingreso pleno, en tanto que si se trata de un anticipo, el ingreso se hace en la medida en que avanza la obra y en proporcion con los costos y gastos asociados, es decir nominas, insumos, alquileres, etc., disminuyendo su impacto fiscal. Notese que en ambos casos se pagarian los mismos impuestos, pero en el primero la caja se disminuye en una cantidad de dinero sustancial, obligando a la consecucion de creditos cuyo impacto afecta el valor final del proyecto. Esta diferenciación y aclaración son de vital importancia para la claridad jurídica de los términos contractuales y para la definición del modelo financiero del proyecto. Naturalmente que insistimos en que a este pag se le de el carácter de ANTICIPO y no de PAGO ANTICIPADO. 3. Pago por Hitos vs. Pago por Items. Dentro del plan de pagos, se ha previsto un esquema de pagos para el avance de la obra que depende exclusivamente del avance de la altura de la presa, sin tomar en consideración otras obras de gran impacto dentro del presupuesto del proyecto. Así, ítems tales como los túneles de descarga de fondo, galerías de acceso, bocatomas, línea de aducción y rebosadero, tendrán un avance que puede resultar simultáneo o no con la construcción de la presa como tal pero que en todo caso se encuentran diferenciados del presupuesto de Presa, desde el punto de vista técnico y financiero. Sin embargo, a pesar de esta diferenciación de los procesos constructivos, y de los materiales, personal y equipos requeridos, que son incluso reconocidos en la estructura del presupuesto expuesta en el anexo 7 de los pliegos de condiciones que nos presenta el AMB, los pagos de estos grandes capítulos al contratista se proponen de manera subordinada al avance de la construcción de altura de la presa, es decir, que sin importar el avance o no de las otras obras, los problemas constructivos de las mismas que impliquen un posible retraso o las modificaciones propuestas por el contratista al momento de realizar un proyecto fase 3, el pago de los mismos, sólo estarán delimitados por el avance de la construcción de la presa, como si éste fuera el único factor clave para la construcción de las estructuras alternas, antes mencionadas. Este asunto representa una amenaza enorme para la viabilidad económica del proyecto y de no modificarse puede llevar a un grave desbalance financiero en la ejecución bajo el esquema planteado. Como alternativa a la misma, cordialmente solicitamos que la obra sea cancelada en función de los capítulos de ítems previstos en el Anexo 7 de los pliegos de condiciones, mediante actas de obra parcial, que pueden analizarse mensual o a lo sumo bimestralmente, llevando cortes de obra en función al porcentaje de avance, dada la modalidad de precio global que propone el presente proceso. Bajo esta consideración mensual o bimestralmente, el contratista y el contratante podrán analizar el avance de obra en función del costo construido y ese porcentaje de cada capítulo de ítem será el que se cancele al contratita con base en la propuesta que éste genere, incluso después de realizado los estudios y diseños fase 3 que solicita el pliego de condiciones. Bajo las anteriores consideraciones, cordialmente solicitamos, se tengan en cuenta dichas modificaciones que sólo buscan una mejor calidad del proyecto considerando no sólo sus aspectos técnicos sino también los financieros que son indispensable para el éxito del mismo. EDUARDO GÓMEZ VÁSQUEZ Representante Legal
Fecha: 01/28/2010 8:37:55 AM  
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  Buenos días, Por medio de la presente, solicitamos si es posible, suministrar los formatos (anexos) del proceso en word, de tal forma que puedean ser utilizados para el desarrollo de la oferta y así facilitar su elaboración. Mil gracias
Fecha: 12/17/2009 5:15:05 PM  
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  Apreciados Señores: Leídos los documentos de licitación, se ha encontrado que el "objeto" de la Invitación Pública No. amb– amb-046-09. , difiere en los siguientes documentos: a) pliego, numeral 1.1 segundo párrafo b) Minuta del Contrato - Objeto y c) Anexo 11, lo cual puede generar problemas en la emisión de documentos de autorización, poder y asociación, por lo anterior y dado que las legalizaciones toman tiempo, solicitamos, sea aclarado y unificado el objeto a mayor brevedad posible.
Fecha: 12/18/2009 4:19:33 PM  
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  OBSERVACIONES AL PLIEGO DEFINITIVO. APENDICE A En el numeral 2.2.1 Apéndice A, del Pliego de Condiciones, favor aclarar. "Trincheras de 1.0 x 1.0 m de profundidad promedio en sitios de Presa, Obras anexas y otros sitios, 400 ml "- Determinar el rango de la profundidad, o si es igual para todas definirla, se sumaran hasta completar 400 ml? "Seis pozos de perforación de 1.20 de diámetro y profundidad, en el sitio del Cuenco de Erosión del Rebosadero." Definir la profundidad del pozo y confirmar si son 6 unidades, con una profundidad de 1.20 ml OBRAS MISCELANEAS-FORMULARIO ANEXO 7 Asunto: Item 0.6-Puesto de control y vigilancia-Item 0.7 Oficina Técnica-Item 0.8 Mirador Con el fin de poder realizar el análisis de costos, favor definir áreas, planos, cantidades de obra de los items relacionados.
Fecha: 12/17/2009 5:35:17 PM  
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  EMBALSE DE BUCARAMANGA COTIZACION amb 046 – 09 Ingeniero Franz Mutis Caballero-Gerente de Expansión Estratégica. Apreciado Ingeniero: De acuerdo a lo expresado en el pliego enviamos, las siguientes observaciones al Pliego Definitivo. Pregunta 33 MODELOS HIDRAULICOS Para los modelos hidráulicos, que escala se debe escoger, pues las escalas del Apéndice A, difieren de las del Apéndice B, siendo estas últimas mayores. Pregunta 34 Numeral 3.1.2.2 – ENSAYOS DE LABORATORIO ESPECIALES Definir el numero de ensayos a ejecutar, ya que para los siguientes ensayos difiere la cantidad solicitada, en el Apéndice A, con respecto a la solicitud del Apéndice B. Odometrias - Apéndice A 20 u – Apéndice B 30 u Ensayos de Compresión Traxial - Apéndice A 10 u – Apéndice B 20 u Fracturamiento Hidráulico - Apéndice A ninguno – Apéndice B 20 u Confirmar si se solicitan 50 ensayos, sobre fuentes de materiales, para Concreto, para determinación de la Reactividad Potencial Alcalina de los Agregados. Pregunta 35 INGENIERIA DE RIESGOS. Solicitamos muy respetuosamente al amb, ser mas explicito en cuanto al alcance de la Ingenieria de Riesgos, con el fin de determinar su costo real. CONCONCRETO S.A.
Fecha: 01/15/2010 3:55:35 PM  
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  Estimados Señores: Apreciado Ingeniero: Por medio de esta comunicación, queremos hacerle extensivas las consideraciones que hemos venido planteando desde el mes de abril de 2009, en el proceso de planeación y de revisión exhaustiva de los diseños para el Proyecto Embalse de Bucaramanga, estas observaciones se refieren principalmente a la diferencia en las cantidades de obra entregadas por el amb y las cantidades reales, obtenidas en base a la revisión de las mismas y a las surgidas en base a la revisión técnica de los diseños originales, ya que estas se han incrementado por el mejoramiento de los diseños, con el interés de nuestra parte, de que el Proyecto tenga un diseño optimo antes de iniciar la etapa de construcción y que garantice, que las infiltraciones estén por debajo de los 100 litros/segundo, condición que solo se lograra .con las solicitudes planteadas claramente en nuestras comunicaciones a continuación relacionadas: • Comunicación de Abril 03 de 2009 • Comunicación de Abril 14 de 2009 • Comunicación de Abril 23 de 2009 • Comunicación de Mayo 06 de 2009 • Comunicación de Mayo 06 de 2009 • Comunicación de Septiembre -23de 2009 • Comunicación por Fax de Agosto 31 de 2009 A pesar de haber pasado el Presupuesto Oficial de $145.834.000.000 a $161..588.044.656, todavía existe una diferencia de al menos el 20% entre los costos reales y el Presupuesto Oficial, por lo tanto solicitamos de manera muy respetuosa al amb, realizar una revisión de las cantidades de obra y además adicionar los ítems necesarios y no contemplados hasta el momento. Cordialmente,
Fecha: 12/18/2009 5:37:50 PM  
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  Señores: Acueducto Metropolitano de Bucaramanga, Cordialmente, deseo reiterarles nuestra solicitud para que nos informen los datos básicos que se requieren para la adquisición de la actualización del cuarto de datos del proyecto de la referencia, tomando en consideración que GCC, adquirió la información inicial dentro del proceso amb-025-07. La información requerida se refiere a: - Banco a consignar - Número de Cuenta - Titular de la cuenta - Información adicional, dadas las condiciones de consignación con cheque de gerencia
Fecha: 01/15/2010 4:27:03 PM  
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  Señores: Acueducto Metropolitano de Bucaramanga, ATN. Ing. Álvaro Prada Arciniegas - Administrador Cuarto de Datos La Empresa Gerencia de Contratos y Concesiones S.A., adquirió la información digital del cuarto de datos para el proceso amb-025-07. Tal como aparece en los Pliegos de Condiciones del proceso amb-046-09 y en el reglamento del cuarto de datos, los interesados en adquirir la actualización de dicha información deben cancelar $10.000.000, que deberán ser consignados a favor del AMB. Sin embargo, en la información suministrada, no hemos encontrado la especificación de la entidad bancaria, número de cuenta, tipo de cuenta, nombre del beneficiario, nombre del destinatario del cheque de gerencia y demás datos que deban gestionarse para adquirir dicha información. Por tal razón, cordialmente le solicito me sea enviada, en respuesta de este mensaje, la información básica para realizar los trámites de consignación de los recursos correspondientes a la actualización y el procedimiento a seguir en adelante. Agradeciendo su pronta respuesta, Diego Alberto Carvajal Barrera
Fecha: 01/19/2010 5:20:11 PM  
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  Apreciado Señor: Comedidamente solicitamos un aplazamiento por treinta días (30) para el cierre de la licitacion de la referencia motivado por las actualizaciones y aclaraciones que se han dado despues de las visitas de obra las cuales debemos enviar, analizar y estudiar con nuestro socio en china.
Fecha: 01/19/2010 5:22:13 PM  
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  Bucaramanga, 22 de enero de 2010 Doctor Franz Mutis Caballero Gerente de Expansión Estratégica ACUEDUCTO METROPOLITANO DE BUCARAMANGA – amb DIRECCIÓN: Diagonal 32 No. 30A – 51, Edificio Parque del Agua Bucaramanga, Colombia E-Mail: obser04609@amb.com.co FAX: (57) 7- 6320494 Ref.: INVITACIÓN PÚBLICA No. AMB-046-09 ESTUDIOS, DISEÑOS, CONSTRUCCIÓN, SUMINISTRO E INSTALACIÓN DE EQUIPOS, OPERACIÓN Y MANTENIMIENTO TEMPORAL DE LA PRESA, OBRAS COMPLEMENTARIAS,ADUCCIÓN Y BY PASS A LA PLANTA DE TRATAMIENTO BOSCONIA (COMPONENTE I), PARA EL PROYECTO DE REGULACIÓN DEL RÍO TONA - EMBALSE DE BUCARAMANGA. Respetados Señores: Muy respetuosamente solicito a Ustedes en el desarrollo de la preparación de la propuestar del objeto de la referencia solicitamos aclaración y/o ampliación de los puntos que a continuación relacionamos: • Zonas de explotación de agregados Definición ubicación completa de los predios para explotación. • Obras de Concreto en la Presa Definición de ubicación y tipo de material para los Drenes en la cara de concreto. • Concretos y revestimientos para la solera de las galerías. De estas actividades se requiere la indicación de la especificaciones de los concretos a utilizar. • Items 0.2.1 Vía Etapa 1 Tramo 1, 0.2.2 Vía Etapa 1 Tramo 2, 0.2.3 Vía Etapa 2 y 0.2.4 Vía acceso a PTAP los Angelinos En el capítulo de obras misceláneas correspondientes a las vías de los ítems relacionados solicitamos que se indique el ancho de banca; respecto al tramo 1 etapa 2 (0.2.2) favor indicar si necesariamente se debe pavimentar ya que esta vía quedara por debajo del nivel final del embalse. • Item 0.8 Mirador Solicitamos el alcance, ubicación, obras complementarias y la descripción correspondiente. • Item 5.5.4 Concreto de segunda etapa. Solicitamos la ubicación de ese concreto como también la resistencia requerida. • Protecciones de taludes De acuerdo al anexo No. 7 del Pliego de Condiciones: Capitulo 1. Obras de Desviación ítem 1.4 Capitulo 2. Bocatoma ítem 2.3 Capitulo 3. Obras para descarga de fondo y galería de acceso ítem 3.3 Observamos que para los ítem mencionados anteriormente se especifica únicamente la protección de taludes en los portales de dichos frentes de obra, para garantizar la protecciones de taludes en zonas diferentes a los portales, con que ítem se define la cuantificación de esta actividad en los costos del proyecto. Por otra parte para los siguientes ítems se solicita mayor claridad del alcance real de la actividad “Protección de taludes “ Capitulo 4. Presa ítem 4.2.3 Capitulo 5. Rebosadero ítem 5.4 Adicionalmente, solicitamos la definición respecto al sistema de protección de taludes en el caso de las zonas cercanas al área de inundación, ya que en la documentación no se indica dicho procedimiento. • Capitulo 6. Línea de Aducción ítem 6.2.15 Tubería ACERO D = 45” 300 psi Paso Elevado Rio Surata. Revisada la información entregada por la amb, no aparecen detalles relacionados con la actividad para ejecutar este ítem. • Alcance ambiental. Teniendo en cuenta que la información suministrada por la amb, incluyen: 1. Ronda de Protección de 320 Ha 2. Obras de saneamiento básico de los asentamientos que vierten a las cuencas. 3. Aprovechamiento turístico y ecológico. 4. Manejo , control de sedimentos y mantenimiento de las cuencas Favor indicar el alcance y la responsabilidad que debe tener el contratista respecto a los 4 puntos tratados anteriormente. En el Formulario de cantidades de obra suministrados por la amb, se relaciona el ítem 0.5- Medidas de Manejo Ambiental, Solicitamos indicar ¿Sí los costos correspondientes a estos diseños se incluyen en este ítem? • Apéndice B, numeral 2.3.2.2 – Sub Etapa 2 En el numeral 2.3.2 Etapa de Construcción, llenado inicial y prueba. Las especificaciones indican que en el proceso constructivo: “…y la loza de la cara de concreto deberá estar colocada como mínimo hasta la primera junta horizontal de construcción…”, Solicitamos la ampliación de la información anterior correspondiente a planos o figuras. • Permisos de Explotación Solicitamos información específica de los predios que tienen permiso para la explotación de materiales y que por lo tanto, no deben generar costos para el contratista. • Costos adicionales del proyecto Revisando el 4. CAPÍTULO IV numeral 4.4 PAGO DE LA COMISIÓN DE ÉXITO Y REEMBOLSO DE LOS HONORARIOS DE FASE II, Solicitamos ampliación de la información donde también se enumeren todos los impuestos y valores adicionales que hay que agregar a los US$ 629.727 , que el Contratista debe incluir dentro de su Propuesta. • Programación de Obra Teniendo en cuenta el Apendice Técnico B en el numeral 2.3.1 Etapa de Pre-Construcción se indica : “….. duración máxima de doce (12) meses contados a partir de la fecha de suscripción del Acta de Inicio de la Ejecución del Contrato y de la Etapa de Preconstrucción y un mes para su revisión y comentarios por parte del AMB…….” , comedidamente solicitamos aclarar si el mes de revisión por parte de la AMB se debe incluir dentro de los doce (12) meses de ejecución de los diseños, o si por el contrario esta actividad se debe considerar en el mes trece (13), la inquietud surge para saber si este tiempo de Revisión se debe incluir en el mes doce (12) o en el mes trece (13) , ya que afecta los hitos de control del Proyecto. Atentamente, _____________________________ JUAN BUITRAGO CORTES Representante Legal (s)
Fecha: 01/28/2010 8:41:00 AM  
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Nombre/Razón Social: Pregunta efectuada a traves del correo electronico obser04609@amb.com.co DESDE el correo electronico patrizziaz@gmail.com
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Pregunta:      
  Tengo el placer de dirigirme a usted en esta oportunidad para extenderle mi cordial saludo, y al mismo tiempo solicitar aclaración sobre el pliego de licitación para la construccion del embalse de Bucaramanga. En tal sentido Kayson Company empresa participante para estudios, diseños, construcción, suministro e instalación de equipos, operación y mantenimiento temporal de la presa, obras complementarias, aducción y by pass a la planta de tratamiento bosconia (componente i), para el proyecto de regulación del río tona - embalse de bucaramanga, sugiere la modificación en la clausula 4.2.2, tercer parrafo, pagina 70 del pliego de condiciones publicado en Diciembre de 2009, donde se refiere al rechazo de la propuesta presentada por la contratista si la oferta economica supera los topes máximos parciales y/o el valor total del presupuesto establecido por el acueducto metropolitano de Bucaramanga ya que para presentar una propuesta adecuada al proyecto, se requiere un estudio posterior, a traves del diseño, de las cantidades y con las cantidades obtenidas en este momento no se puede garantizar la buena ejecución del proyecto. Por ende se recomienda: 1. Mantener los precios unitarios fijos y razonable de acuerdo al mercado de la construccion 2. estimar y presentar unas cantidades preliminares para el cálculo inicial 3. aprobar la mejor propuesta para adjudicar el contrato 4. revisar los diseños y los calculos finales con el fin de aprobar las cantidades reales y definir el monto total del contrato para la ejecución de los precios unitarios fijos En adición a eso, se le ruega la aclaración de la forma de proveer los recursos faltantes en caso de que hubiera y/o la estipulación de una meta fisica al proyecto
Fecha: 01/29/2010 5:03:43 PM  
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Nombre/Razón Social: Construcciones Civiles S.A
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Pregunta:      
  Bogotá D.C., 20 de Enero de 2009 ACUEDUCTO METROPOLITANO DE BUCARAMANGA – (AMB) Atención: Franz Mutis Caballero Gerente de Expansión Estratégica DIRECCIÓN: Diagonal 32 No. 30A – 51, Edificio Parque del Agua Bucaramanga, Colombia E-Mail: obser04609@amb.com.co FAX: (57) 7- 6320494 Referencia: Invitación Pública No. amb– amb-046-09 Asunto: Solicitud de aclaraciones No. 3. Cordial saludo, En nuestra calidad de firma interesada en participar en el proceso de la referencia, y de conformidad con el proyecto de pliegos de condiciones correspondientes, nos permitimos solicitar lo siguiente: 1. Se especifique si el presente contrato está sujeto al pago de la contribución especial del 5% (impuesto de Guerra). 2. En el numeral 3.6 del pliego de condiciones CAPACIDAD FINANCIERA DEL PROPONENTE, se enumeran las condiciones de expedición del certificado, dentro de las cuales se lee la siguiente: “(…) Que acredite la existencia de un cupo de crédito al momento de la presentación de la propuesta el cual haya sido aprobado para el giro ordinario de los negocios y actividades del Proponente (…)” Debido a que no es claro el procedimiento de expedición en caso de proponente plurales. Entendemos que cada uno de los miembros debe aportar un cupo de crédito proporcional al porcentaje de participación, de forma tal que al sumarse se obtenga un valor mínimo de $50.000 millones de pesos Colombianos. Favor confirmar nuestro entendimiento. 3. Una vez revisada la información correspondiente a la granulometría de los rellenos de la presa, se observa que los límites de gradación de la zona 2B definidos en el apéndice A, corresponden a los establecidos en la figura 3 del apéndice C, sin embargo los límites mostrados en la Figura 4 del apéndice C difieren de la información citada anteriormente. Solicitamos corregir dicha inconsistencia en la figura 4. 4. Solicitamos aclarar cual es la cobertura debe contemplar el Amparo al Plan de Manejo Ambiental, así como cual debe ser su vigencia y valor asegurado. Solicitamos considerar que la vigencia máxima permitida, de acuerdo con los aseguradores, para estos amparos es 5 años. 5. En cuanto a la nota que solicitan se incluya dentro de la Garantía de Seriedad de la oferta, la cual reza: "EL COMPROMISO DEL GARANTE, EN VIRTUD DEL CUAL SE OBLIGA A PAGAR DICHA GARANTIA DENTRO DE LOS 45 DIAS SIGUIENTES A LA FECHA EN LA CUAL QUEDE EN FIRME EL ACTA QUE DECLARE EL INCUMPLIMIENTO DEL PROPONENTE DE CUALQUIERA DE LAS OBLIGACIONES AMPARADAS POR LA MISMA". Entendemos que ésta aclaración no busca limitar el derecho al debido proceso y el derecho a la defensa que tiene las Compañías de Seguros. De acuerdo con lo anterior, y bajo la consideración de que el Código de Comercio impone la obligación a las aseguradoras de hacer efectivo el pago del siniestro dentro de los 30 días siguientes a la notificación del acto en firme que declare el incumplimiento, nos permitimos sugerir que la citada nota sea eliminada. Atentamente, JUAN CARLOS DUQUE VERA Gerente Comercial de Infraestructura y SIM Construcciones Civiles S.A. – Conciviles S.A.
Fecha: 02/02/2010 8:17:16 AM  
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Nombre/Razón Social: CONALVIAS S.A
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Teléfono: (xxx)-xxx-xxxx  
Ciudad: xxxxxxxxxx  
Pregunta:      
  En desarrollo de la invitación de la referencia, solicitamos las siguientes aclaraciones a los anexos Técnicos A, B y C para la valoración del anexo 7 Formulario para la presentación de la propuesta económica: • Solicitamos las especificaciones generales y particulares de los ítems del anexo 7, para determinar la calidad de los insumos a utilizar, como tipo de concretos, determinación de pernos tipo A1 y demás elementos que hagan parte de cada uno de los ítems descritos en el anexo. De igual manera es necesario determinar el alcance de cada labor según la descripción de cada ítem. • Las cantidades y descripción de las actividades de los ítems globales de los Capítulos: 0. OBRAS MISCELANEAS 0.2 Vías de Acceso 0.3 Energía para Construcción 0.4 Botaderos ( los ítem 0.41 y 0.42 corresponde a Botadero?) 0.5 Medidas de Manejo ambiental 0.6 Puesto de Control y Vigilancia 0.7 Oficina Técnica 0.8 Mirador 1. OBRAS DE DESVIACION 1.1 Desviación del Río Tona (Preataguia), operación y cierre del Túnel de Desviación 2. BOCATOMA 2.5 Excavación y Soporte del Túnel de Desviación ( será de Bocatoma?) 3. OBRAS PARA DESCARGA DE FONDO Y GALERIA DE ACCESO 3.4 Excavación y Soporte del Túnel de Descarga de fondo 4. PRESA 4.5.5 Sellos (7%) Por otra parte no hemos recibido de la entidad las actualizaciones, modificaciones y aclaraciones a la documentación e informes del cuarto de datos entregados por la AMB en el proceso anterior. Esperamos su pronta y oportuna aclaración a nuestras inquietudes toda vez que las mismas son primordiales para la estructuración del proyecto.
Fecha: 01/12/2010 5:38:13 PM  
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Nombre/Razón Social: Pregunta efectuada a traves del correo electronico obser04609@hotmail.com, DESDE el correo electronico eotalora@conconcreto.com
Email: xxxx@xxx.com  
Persona contacto:  
Teléfono: (xxx)-xxx-xxxx  
Ciudad: xxxxxxxxxx  
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  Pregunta adjunta
Fecha: 03/16/2010 4:58:52 PM  
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Nombre/Razón Social: Pregunta efectuada a traves del correo electronico obser04609@amb.com.co
Email: xxxx@xxx.com  
Persona contacto:  
Teléfono: (xxx)-xxx-xxxx  
Ciudad: xxxxxxxxxx  
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  Pregunta adjunta
Fecha: 03/16/2010 5:34:04 PM  
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Nombre/Razón Social: Pregunta enviada por fax
Email: xxxx@xxx.com  
Persona contacto:  
Teléfono: (xxx)-xxx-xxxx  
Ciudad: xxxxxxxxxx  
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  Pregunta adjunta
Fecha: 03/16/2010 5:44:19 PM  
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Nombre/Razón Social: Pregunta radicada por CONFIANZA en archivo y correspondencia del amb
Email: xxxx@xxx.com  
Persona contacto:  
Teléfono: (xxx)-xxx-xxxx  
Ciudad: xxxxxxxxxx  
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  Pregunta adjunta
Fecha: 03/16/2010 5:49:03 PM  
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Nombre/Razón Social: Pregunta efectuada a traves del correo electronico obser04609@amb.com.co, DESDE el correo zchacon@conalvias.com
Email: xxxx@xxx.com  
Persona contacto:  
Teléfono: (xxx)-xxx-xxxx  
Ciudad: xxxxxxxxxx  
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  Pregunta adjunta
Fecha: 03/16/2010 5:52:47 PM  
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Nombre/Razón Social: Pregunta efectuada a traves del correo electronico obser04609@amb.com.co
Email: xxxx@xxx.com  
Persona contacto:  
Teléfono: (xxx)-xxx-xxxx  
Ciudad: xxxxxxxxxx  
Pregunta:      
  Bucaramanga, 22 de enero de 2010 Doctor Franz Mutis Caballero Gerente de Expansión Estratégica ACUEDUCTO METROPOLITANO DE BUCARAMANGA – amb DIRECCIÓN: Diagonal 32 No. 30A – 51, Edificio Parque del Agua Bucaramanga, Colombia E-Mail: obser04609@amb.com.co FAX: (57) 7- 6320494 Ref.: INVITACIÓN PÚBLICA No. AMB-046-09 ESTUDIOS, DISEÑOS, CONSTRUCCIÓN, SUMINISTRO E INSTALACIÓN DE EQUIPOS, OPERACIÓN Y MANTENIMIENTO TEMPORAL DE LA PRESA, OBRAS COMPLEMENTARIAS,ADUCCIÓN Y BY PASS A LA PLANTA DE TRATAMIENTO BOSCONIA (COMPONENTE I), PARA EL PROYECTO DE REGULACIÓN DEL RÍO TONA - EMBALSE DE BUCARAMANGA. Respetados Señores: Muy respetuosamente solicito a Ustedes en el desarrollo de la preparación de la propuestar del objeto de la referencia solicitamos aclaración y/o ampliación de los puntos que a continuación relacionamos: • Zonas de explotación de agregados Definición ubicación completa de los predios para explotación. • Obras de Concreto en la Presa Definición de ubicación y tipo de material para los Drenes en la cara de concreto. • Concretos y revestimientos para la solera de las galerías. De estas actividades se requiere la indicación de la especificaciones de los concretos a utilizar. • Items 0.2.1 Vía Etapa 1 Tramo 1, 0.2.2 Vía Etapa 1 Tramo 2, 0.2.3 Vía Etapa 2 y 0.2.4 Vía acceso a PTAP los Angelinos En el capítulo de obras misceláneas correspondientes a las vías de los ítems relacionados solicitamos que se indique el ancho de banca; respecto al tramo 1 etapa 2 (0.2.2) favor indicar si necesariamente se debe pavimentar ya que esta vía quedara por debajo del nivel final del embalse. • Item 0.8 Mirador Solicitamos el alcance, ubicación, obras complementarias y la descripción correspondiente. • Item 5.5.4 Concreto de segunda etapa. Solicitamos la ubicación de ese concreto como también la resistencia requerida. • Protecciones de taludes De acuerdo al anexo No. 7 del Pliego de Condiciones: Capitulo 1. Obras de Desviación ítem 1.4 Capitulo 2. Bocatoma ítem 2.3 Capitulo 3. Obras para descarga de fondo y galería de acceso ítem 3.3 Observamos que para los ítem mencionados anteriormente se especifica únicamente la protección de taludes en los portales de dichos frentes de obra, para garantizar la protecciones de taludes en zonas diferentes a los portales, con que ítem se define la cuantificación de esta actividad en los costos del proyecto. Por otra parte para los siguientes ítems se solicita mayor claridad del alcance real de la actividad “Protección de taludes “ Capitulo 4. Presa ítem 4.2.3 Capitulo 5. Rebosadero ítem 5.4 Adicionalmente, solicitamos la definición respecto al sistema de protección de taludes en el caso de las zonas cercanas al área de inundación, ya que en la documentación no se indica dicho procedimiento. • Capitulo 6. Línea de Aducción ítem 6.2.15 Tubería ACERO D = 45” 300 psi Paso Elevado Rio Surata. Revisada la información entregada por la amb, no aparecen detalles relacionados con la actividad para ejecutar este ítem. • Alcance ambiental. Teniendo en cuenta que la información suministrada por la amb, incluyen: 1. Ronda de Protección de 320 Ha 2. Obras de saneamiento básico de los asentamientos que vierten a las cuencas. 3. Aprovechamiento turístico y ecológico. 4. Manejo , control de sedimentos y mantenimiento de las cuencas Favor indicar el alcance y la responsabilidad que debe tener el contratista respecto a los 4 puntos tratados anteriormente. En el Formulario de cantidades de obra suministrados por la amb, se relaciona el ítem 0.5- Medidas de Manejo Ambiental, Solicitamos indicar ¿Sí los costos correspondientes a estos diseños se incluyen en este ítem? • Apéndice B, numeral 2.3.2.2 – Sub Etapa 2 En el numeral 2.3.2 Etapa de Construcción, llenado inicial y prueba. Las especificaciones indican que en el proceso constructivo: “…y la loza de la cara de concreto deberá estar colocada como mínimo hasta la primera junta horizontal de construcción…”, Solicitamos la ampliación de la información anterior correspondiente a planos o figuras. • Permisos de Explotación Solicitamos información específica de los predios que tienen permiso para la explotación de materiales y que por lo tanto, no deben generar costos para el contratista. • Costos adicionales del proyecto Revisando el 4. CAPÍTULO IV numeral 4.4 PAGO DE LA COMISIÓN DE ÉXITO Y REEMBOLSO DE LOS HONORARIOS DE FASE II, Solicitamos ampliación de la información donde también se enumeren todos los impuestos y valores adicionales que hay que agregar a los US$ 629.727 , que el Contratista debe incluir dentro de su Propuesta. • Programación de Obra Teniendo en cuenta el Apendice Técnico B en el numeral 2.3.1 Etapa de Pre-Construcción se indica : “….. duración máxima de doce (12) meses contados a partir de la fecha de suscripción del Acta de Inicio de la Ejecución del Contrato y de la Etapa de Preconstrucción y un mes para su revisión y comentarios por parte del AMB…….” , comedidamente solicitamos aclarar si el mes de revisión por parte de la AMB se debe incluir dentro de los doce (12) meses de ejecución de los diseños, o si por el contrario esta actividad se debe considerar en el mes trece (13), la inquietud surge para saber si este tiempo de Revisión se debe incluir en el mes doce (12) o en el mes trece (13) , ya que afecta los hitos de control del Proyecto. Atentamente, _____________________________ JUAN BUITRAGO CORTES Representante Legal (s) UT SINOHYDRO – RAHS Carrera 10 No 97 A 13 Oficina 403 PBX 1-6428911 Bogota
Fecha: 03/16/2010 5:55:28 PM  
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Ciudad: xxxxxxxxxx  
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  Pregunta adjunta
Fecha: 03/16/2010 5:57:36 PM  
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Nombre/Razón Social: Pregunta enviada por fax
Email: xxxx@xxx.com  
Persona contacto:  
Teléfono: (xxx)-xxx-xxxx  
Ciudad: xxxxxxxxxx  
Pregunta:      
  Pregunta adjunta
Fecha: 03/16/2010 6:05:01 PM  
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Nombre/Razón Social: Pregunta enviada por fax
Email: xxxx@xxx.com  
Persona contacto:  
Teléfono: (xxx)-xxx-xxxx  
Ciudad: xxxxxxxxxx  
Pregunta:      
  Pregunta adjunta
Fecha: 03/16/2010 6:07:25 PM  
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  Buen Día al revisar el anexo No 7, se encuentran celdas ocultas en el formulario donde se encuentran items , creo que es un error de quien realizo los formularios,consideramos prudente que la AMB haga la claridad necesaria, y publique los formularios sin errores Gracias
Fecha: 03/24/2010 10:23:39 AM  
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Pregunta:      
  En el pliego de condiciones en la clausula sexta, Paragrafo tercero AJUSTE A LOS DESEMBOLSOS indica I0 = valor del ICCP certificado por el DANE correspondiente al mes de cierre de la Invitación Pública, respecto de las obras realizadas IPC 0 = Valor del IPC, correspondiente al mes de cierre de la Invitación Pública Por otra parte en los pliegos de condiciones en el formulario de Oferta Anexo 7 se indica que los montos de la Oferta económica deben ser en Pesos Constantes de 30 de Septiembre de 2009, fecha en que se definio el presupuesto oficial por parte de la amb. Así las cosas es necesario cambiar el mes de incio de ajuste de los pagos con el mes de Septiembre de 2009 asi: I0 = valor del ICCP certificado por el DANE correspondiente al mes de SEPTIEMBRE DE 2009, respecto de las obras realizadas IPC 0 = Valor del IPC, correspondiente al mes de SEPTIEMBRE DE 2009. Este cambio es importante toda vez que una de las limitantes para presentar la oferta es que no se puede sobre pasar el presupuesto Oficial ni nunguno de sus componentes. Por lo anterior es necesario presentar ofertas en igualdad de condiciones del prespuesto oficial. Cordial Saludo
Fecha: 03/24/2010 4:51:41 PM  
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Nombre/Razón Social: CONALVIAS S.A.
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Pregunta:      
  En relación al formulario economico Anexo 7,7.1,7.2 y 7.3 contiene en las casillas de cantidades decimales ocultos, por favor indicarnos si en la valoracion del formulario se tiene encuenta los decimales ocultos.
Fecha: 03/24/2010 5:04:50 PM  
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